26 de agosto de 2024 - 4:10 PM
Por La Redacción
La ampliación al Presupuesto de la Nación, que fue aprobada por el Congreso de la República el pasado 13 de agosto, fue suspendida temporalmente por la Corte de Constitucionalidad (CC), tras otorgar un amparo provisional.
La ampliación presupuestaria, que había sido solicitada por el Ejecutivo, alcanzaba los Q14 mil millones, pero su vigencia ha sido suspendida por la CC tras favorecer a diputados opositores y organizaciones como la Fundación contra el Terrorismo, que accionaron en su contra.
La decisión de los magistrados impide por el momento que el gobierno de Bernardo Arévalo acceda a estos recursos.
Aprobada por mayoría
La CC confirmó que el amparo se otorgó por mayoría, pues el magistrado Roberto Molina Barreto emitió un voto razonado concurrente.
Se conoció que aunque el magistrado compartía que hubo acciones indebidas en la sesión plenaria en donde se interrumpió una interpelación para darle paso a la ampliación presupuestaria, no comparte el efecto que conlleva otorgar un amparo provisional porque queda en suspenso la ampliación de recursos que estaba contenida en el Decreto 16–2024.
La resolución de la CC indica que hubo una interrupción en la interpelación al ministro de Gobernación, Francisco Jiménez, lo que motivó la resolución que deja en suspenso la ampliación presupuestaria.
“La interrupción de un acto de interpelación puede realizarse, únicamente cuando se tenga como propósito dar paso a la realización de aquellos actos que constitucionalmente tienen regulado plazo y fecha para ejecutarse, pues no hacerlo, se produciría una situación fáctica concreta que provocaría una ruptura institucional y orgánica del Estado”, señala a resolución.

A consideración de la Corte hubo vicios dentro del pleno del Congreso cuando interrumpieron el juicio político. Para luego dar paso a la ampliación presupuestaria.
“El actuar de la autoridad reprochada, puede conllevar vulneración a lo dispuesto en el artículo 166 de la Constitución (…) ni el Congreso en pleno, ni autoridad alguna, podrá limitar a los diputados al Congreso de la República el derecho de interpelar”.