30 de septiembre de 2026 - 11:06 AM
Por La Redacción
El presidente Bernardo Arévalo sancionó el Decreto 22-2026, Ley de Exención Tributaria Temporal de Emergencia al Consumidor de Combustibles, con lo que la medida aprobada por el Congreso de la República, que busca dar un alivio a los bolsillo de los consumidores, avanza hacia su aplicación y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.
La ley, que establece la suspensión temporal del IVA y del Impuesto a la Distribución de Petróleo para gasolina superior, regular y diésel, fue publicada este miércoles en el diario oficial y entrará en vigencia mañana, según el documento.
El Legislativo aprobó el decreto de urgencia nacional el 22 de septiembre, con el respaldo de 148 diputados, pero fue enviado al Ejecutivo el lunes último.
De acuerdo con las estimaciones incorporadas en la ley, la eliminación transitoria de ambos impuestos representa, con los valores de referencia utilizados, una reducción de hasta Q9.41 por galón para la gasolina superior, Q9.10 para la regular y Q6.34 para el diésel y gas oil.
La medida tendrá un alcance estrictamente provisional. A partir del 1 de enero de 2027, los combustibles volverán a quedar sujetos al pago de los impuestos conforme a sus tarifas ordinarias, sin necesidad de una disposición adicional.
El alivio tributario también representa un efecto para las finanzas públicas. Las estimaciones utilizadas durante el proceso legislativo calculan un impacto de alrededor de Q3 mil 318.4 millones por la exoneración de ambos impuestos, por lo que el Ministerio de Finanzas Públicas deberá realizar las readecuaciones presupuestarias necesarias para garantizar los destinos específicos vinculados con esos ingresos.
Veta la ley que fijaba precios tope
Al avalar la exoneración de impuestos a los combustibles, Arévalo vetó el Decreto 21-2026, denominado Ley de Estabilización y Precios de Referencia de Venta al Consumidor Final para los Combustibles Cubiertos.
La argumentación sostiene que, si entrara en vigor, “puede comprometer los planes contenidos en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado vigente”, debido a que el apoyo tendría como fuente de financiamiento ingresos tributarios, mientras que existe simultáneamente una exención tributaria aprobada por el Congreso.