27 de septiembre de 2026 - 10:00 AM
Por La Redacción
La Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió rechazar los recursos interpuestos contra la disposición de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) que armoniza el Código Único de Identificación (CUI) con el Número de Identificación Tributaria (NIT).
Con esta sentencia dictada el 10 de septiembre de 2026, queda sin efecto la suspensión provisional que regía desde el año pasado, por lo que el proceso de integración de ambos registros en los sistemas informáticos retoma su vigencia.
El fallo aclara que el uso del identificador unificado facilita las gestiones de los contribuyentes, pero enfatiza que no constituye un requisito obligatorio en ámbitos ajenos al control fiscal ni otorga a la SAT facultades para fiscalizar materias fuera de su competencia legal.