11 de agosto de 2026 - 1:30 PM
Por La Redacción
Este martes se publicó en el diario oficial el Decreto 19-2026, que pone en vigencia la Ley Temporal para ampliar el plazo del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres.
Originalmente, el impuesto debía pagarse entre el 1 de enero y el 31 de julio. Ahora, con esta prórroga, los usuarios pueden cancelar el tributo hasta el 31 de diciembre de este 2026.
De esta forma, esta iniciativa planteada por el Congreso de la República busca reducir la mora tributaria e incrementar el cumplimiento voluntario de esta obligación fiscal.
Exoneración de multas a usuarios
Asimismo, la Ley Temporal de la ampliación del plazo establece que se exonera el pago de multas e intereses generados por la falta de pago hasta el 1 de agosto.
De esta cuenta, los usuarios que presenten una multa en el sistema de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) serán exoneradas desde mañana, 12 de agosto, cuando tome vigencia la ley.
Esta prórroga representa una oportunidad más para los conductores y dueños de vehículos para pagar el impuesto en caso de que no hayan tenido la posibilidad hacerlo en el plazo original, y una forma de evitar la imposición de sanciones a contribuyentes que cumplen con sus obligaciones fiscales.