29 de marzo de 2024 - 11:00 AM
Por La Redacción


La Ley para la Atención Integral del Cáncer ya es una realidad, luego de que se publicara en el diario oficial, tras ser sancionada por el presidente Bernardo Arévalo. 


Se trata del decreto número 7-2024, que contempla la ejecución de distintas acciones para la prevención y atención del cáncer durante y después. Además, establece los principios, accesibilidad, cobertura, gratuidad, calidad, coordinación y aplicación de esta a fin de que todos los guatemaltecos con estos padecimientos se beneficien.


El Congreso de la República aprobó de urgencia esta ley el 7 de marzo, en una votación unánime de 130 votos a favor. 


Para el correcto cumplimiento de esta ley se ha destinado al Ministerio de Salud como ente rector. Asimismo, cuenta con la participación de los ministerios de Desarrollo Social, Trabajo, Finanzas, Educación y la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología.


Protección social 

En el capítulo V del decreto se detalla la creación de programas de protección social para las personas con cáncer.


Una de estas iniciativas es el Programa de Protección Social para Personas con Cáncer y sus Familias, el cual estará a cargo del Ministerio de Desarrollo Social con el apoyo del Ministerio de Salud. El plan prevé la protección de los efectos económicos y sociales a causa de esta enfermedad, favoreciendo a las familias y cuidadores. Entre los aportes está brindar apoyo económico y psicológico, alimentación, traslados y alojamiento y otros que aseguren el bienestar de las personas con cáncer.


También prevé el Programa de Apoyo para la Reinserción Laboral de Sobrevivientes de Cáncer, que estará a cargo del Ministerio de Trabajo. Este prevé el apoyo para la reinserción en el mercado laboral de las personas sobrevivientes de cáncer. 


Aspectos en educación

El Ministerio de Educación también juega parte importante en el desarrollo de la ley, pues se establece que esta cartera deberá brindar educación continua a la población estudiantil. Lo anterior prevé desarrollar estrategias dirigidas a personas con cáncer en edad escolar para que reciban la formación académica adecuada.


Además, se deberán agregar contenidos y recursos educativos en el Currículo Nacional Base para la sensibilización y prevención de factores de riesgo asociados al cáncer.


La ley también establece la creación de la Dirección Nacional de Atención Integral del Cáncer y el Consejo Nacional contra el Cáncer. La última se encargará de la actualización de políticas y la formulación de recomendaciones al sector de salud para el control y la atención del cáncer.


Una de las acciones importantes que establece es la creación del Registro Nacional del Cáncer, que tiene como objeto recolectar, procesar y almacenar datos exactos.


Un aporte inicial de Q600 millones

El Ministerio de Finanzas Públicas asignará un aporte inicial de Q600 millones para la creación de capacidades y formación de recurso humano. También para investigación, fortalecimiento a la red de servicios oncológicos, equipo, medicamentos, infraestructura y tecnología para el tratamiento del cáncer.


Por último, establece la creación de un programa presupuestario para la atención de enfermedades crónicas no transmisibles y cáncer. Dicha iniciativa facilitará la asignación presupuestaria para cumplir con las acciones contenidas en el decreto 7-2024.